º Mientras la Caja Nacional de Previsión Social toma a su cargo el pago de las prestaciones sociales a todos los servidores del Estado, la Caja de Auxilios de los Ramos Postal y Telegráfico se reorganiza desde el primero de octubre de 1952, como una dependencia del Ministerio de Correos y Telégrafos, con personería jurídica y patrimonio propio, a cuyo cargo continuará el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, fijadas por diversas leyes vigentes y reglamentadas por sus respectivos decretos; de los empleados y obreros del Ministerio de Correos y Telégrafos, de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones y cualquiera otra empresa que funcione en el futuro bajo la dependencia directa del mencionado Ministerio.
Artículo 1
Mientras La Caja Nacional De Previsión Social Toma A Su Cargo El Pago De Las Prestaciones Sociales A Todos Los Servidores Del Estado, La Caja De Auxilios De Los Ramos Postal Y Telegráfico Se Reorganiza Desde El Primero De Octubre De 1952, Como Una Dependencia Del Ministerio De Correos Y Telégrafos, Con Personería Jurídica Y Patrimonio Propio, A Cuyo Cargo Continuará El Reconocimiento Y Pago De Las Prestaciones Sociales, Fijadas Por Diversas Leyes Vigentes Y Reglamentadas Por Sus Respectivos Decretos; De Los Empleados Y Obreros Del Ministerio De Correos Y Telégrafos, De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Y Cualquiera Otra Empresa Que Funcione En El Futuro Bajo La Dependencia Directa Del Mencionado Ministerio
Decreto 2272 de 1952 · Por el cual se reorganiza la Caja de Auxilios de los ramos Postal y Telegráfico, y se fijan sus funciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.