Artículo primero . De la partida global apropiada, en el Capítulo 280, artículo 2818 del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, "para el desarrollo de las Campañas Nacionales de Erradicación de la Malaria en el país y del vector de la fiebre amarilla urbana, en estrecha colaboración con el plan formulado por la Oficina Sanitaria Panamericana para los mismos fines en el Continente, según distribución que hará el Gobierno por Decreto separado en el año", hácese la siguiente distribución: CAPITULO 280 Artículo 2818. Ordinal
Dirección v Servicios Técnicos Centrales $ 100.000.00 Ordinal
Campaña Antimalárica del Caribe 150.000.00 Ordinal
Campaña Antimalárica del valle del rio Cauca 150.000.00 Ordinal
Campaña Antimalárica del Norte de Santander 20.000.00 Ordinal
Campaña Antimalárica del río Magdalena 5.000.00 Ordinal
Campaña Antimalárica de Nariño y Patía 5.000.00 Ordinal
Campaña Antimalárica del Chocó 5.000.00 Ordinal
Campaña Antimalárica de San Andrés y Providencia 10.000.00 Ordinal
Programa de Investigación de Malaria 209.000.00 Total $ 654.000.00