° No hay franquicia para las encomiendas que salgan de los Lazaretos; y a las porteadas que salgan procedentes de los enfermos no se les dará curso sin que sean previamente desinfectadas, de lo cual dará constancia el empleado correspondiente.
Decreto 799 de 1920 →Vigente
Artículo 4
No Hay Franquicia Para Las Encomiendas Que Salgan De Los Lazaretos; Y A Las Porteadas Que Salgan Procedentes De Los Enfermos No Se Les Dará Curso Sin Que Sean Previamente Desinfectadas, De Lo Cual Dará Constancia El Empleado Correspondiente
Decreto 799 de 1920 · Por el cual se dicta una disposición en ramo de Correos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.