° En cualquier otro caso de ausencia del Jefe titular de una Misión Diplomática, los gastos de representación serán pagados a los Encargados de Negocios ad interím.
Decreto 728 de 1962 →Vigente
Artículo 5
En Cualquier Otro Caso De Ausencia Del Jefe Titular De Una Misión Diplomática, Los Gastos De Representación Serán Pagados A Los Encargados De Negocios Ad Interím
Decreto 728 de 1962 · Por el cual se hacen algunas aclaraciones en el Presupuesto de Gastos de 1962
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.