La Subdirección de Transferencia de Tecnología del Ministerio de Agricultura informará al Ministerio de Hacienda cuáles municipios no están cumpliendo las funciones de asistencia técnica a pequeños productores y cuales no tienen vigente la inscripción de sus Unidades Municipales en el Registro Departamental de las Secretarías de Agricultura, a fin de que se tomen las medidas fiscales pertinentes por violación a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 12 de 1986, al Decreto 077 de 1987 y a la Resolución 61 de 1987 expedida por el Departamento Nacional de Planeación.
Decreto 1946 de 1989 →Vigente
Artículo 34
Decreto 1946 de 1989 · Por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional del Transferencia de Tecnología Agropecuaria y se reglamentan los Decretos-ley 077 de 1987 y 501 de 1989, en relación con la prestación del servicio de asistencia técnica directa a los productores rurales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 34 del decreto 1946 de 1989 quedará así) por decreto 2379/91 modificado por decreto 2379/91
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.