Micelio

Artículo 34

Decreto 1946 de 1989 · Por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional del Transferencia de Tecnología Agropecuaria y se reglamentan los Decretos-ley 077 de 1987 y 501 de 1989, en relación con la prestación del servicio de asistencia técnica directa a los productores rurales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Subdirección de Transferencia de Tecnología del Ministerio de Agricultura informará al Ministerio de Hacienda cuáles municipios no están cumpliendo las funciones de asistencia técnica a pequeños productores y cuales no tienen vigente la inscripción de sus Unidades Municipales en el Registro Departamental de las Secretarías de Agricultura, a fin de que se tomen las medidas fiscales pertinentes por violación a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 12 de 1986, al Decreto 077 de 1987 y a la Resolución 61 de 1987 expedida por el Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1946 de 1989