Todo polvorín debe ubicarse y construirse dejando una distancia mínima de 100 metros a bocaminas, edificios, vías férreas y carreteras, teniendo en cuenta las cantidades máximas de dinamita y elementos de ignición que se van a almacenar, de acuerdo con las normas que determine la Industria Militar.
Queda terminantemente prohibido localizar polvorines y sub-polvorines en vías subterráneas que hagan parte del circuito de ventilación principal de la mina.