° El personal que se incorpore únicamente necesitará tomar posesión cuando el empleo cambie de denominación. Cuando haya cambio en la asignación, pero no en la denominación, no requerirá llenar otra formalidad para posesión que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre nacional equivalente a la diferencia de remuneración correspondiente.
Decreto 636 de 1964 →Vigente
Artículo 3
El Personal Que Se Incorpore Únicamente Necesitará Tomar Posesión Cuando El Empleo Cambie De Denominación
Decreto 636 de 1964 · Por el cual se determina la planta de personal de la Dirección General de Aduanas, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.