Micelio

Artículo 46

Obligaciones Del Funcionario

Decreto 1818 de 1998 · por medio del cual se expide el Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones del funcionario . El funcionario ante quien se tramite la conciliación administrativa tendrá las siguientes obligaciones

1.

Citar a la audiencia de conciliación administrativa a las personas que considere necesarias.

2.

Citar a su despacho a cualquier persona cuya presencia sea necesaria.

3.

Ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y límites de la conciliación.

4.

Motivar a las partes para que presenten fórmulas de arreglo con base en los hechos tratados en la audiencia.

5.

Velar porque en la conciliación no se menoscaben los derechos mínimos e intransigibles del trabajador.

6.

Aprobar el acuerdo de las partes, cuando cumpla con los requisitos de fondo y forma exigidos por las normas que regulan la materia.

7.

Levantar el acta de la audiencia de conciliación. (Artículo 83 de la Ley 446 de 1998, que modificó el artículo 28 Ley 23 de 1991).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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