º . Los permisos concedidos hasta la fecha a personas, entidades o laboratorios, conforme al artículo 1º de la resolución número 229 de 1941, del Ministerio del Trabajo, Higiene y Previsión Social, para la elaboración de productos biológicos de uso veterinario, serán confirmados por el Departamento Nacional de Ganadería en virtud de la presentación de los documentos respectivos.
Decreto 1331 de 1944 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1331 de 1944 · Sobre productos biológicos de uso veterinario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.