º. Para conceder pase de chofer a un menor de 21 años, es requisito indispensable que el peticionario otorgue previamente una caución ante la respectiva Dirección de Circulación, por un valor no menor de mil pesos ($ 1.000) moneda corriente, para responder de los perjuicios que los menores puedan ocasionar a terceros. En ningún caso puede expedirse pase a los menores de 18 años.
Decreto 57 de 1940 →Vigente
Artículo 4
Para Conceder Pase De Chofer A Un Menor De 21 Años, Es Requisito Indispensable Que El Peticionario Otorgue Previamente Una Caución Ante La Respectiva Dirección De Circulación, Por Un Valor No Menor De Mil Pesos ($ 1
Decreto 57 de 1940 · Por el cual se reglamenta la ley 60 de 1939, "por la cual se dictan algunas disposiciones sobre tránsito"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.