Micelio

Artículo 11

Prohibiciones

Decreto 176 de 2001 · por el cual se establecen las obligaciones de las Empresas de Transporte Público Terrestre Automotor, se determina el régimen de sanciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prohibiciones . Las empresas de transporte público terrestre automotor de carga no podrán

1.

Exigir u obligar a los propietarios de los vehículos vinculados a comprar acciones de la misma.

2.

Retener por obligaciones contractuales los vehículos o los documentos propios de su operación.

3.

Desarrollar la actividad transportadora por persona diferente a la que inicialmente le fue concedida.

4.

Ceder bajo cualquier título a otra empresa, los servicios autorizados.

5.

Trasladar valor alguno del monto de la prima del seguro de que trata el artículo 994 del Código de Comercio y las normas reglamentarias, al propietario del vehículo que efectúa la movilización de la mercancía. TITULO III SANCIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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