Mientras subsista el actual estado de emergencia, las llantas y neumáticos serán distribuidos por las Juntas Asesoras de la Dirección Nacional de Transporte y Tarifas, en los Departamentos, y por las Juntas Municipales, en aquellas ciudades en que se hayan constituído dichas Juntas, conforme a las instrucciones que imparta la Dirección Nacional.
Decreto 1503 de 1944 →Vigente
Artículo 13
Mientras Subsista El Actual Estado De Emergencia, Las Llantas Y Neumáticos Serán Distribuidos Por Las Juntas Asesoras De La Dirección Nacional De Transporte Y Tarifas, En Los Departamentos, Y Por Las Juntas Municipales, En Aquellas Ciudades En Que Se Hayan Constituído Dichas Juntas, Conforme A Las Instrucciones Que Imparta La Dirección Nacional
Decreto 1503 de 1944 · Por el cual se dictan algunas disposiciones reglamentarias del ramo de Transportes y Tarifas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.