º. Las resoluciones definitivas sobre auxilios que dicte la Junta en cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, podrán ser apelables para ante el Ministerio de Obras Públicas, dentro de los 10 días siguientes a su notificación.
Decreto 2751 de 1947 →Vigente
Artículo 6
Las Resoluciones Definitivas Sobre Auxilios Que Dicte La Junta En Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Presente Decreto, Podrán Ser Apelables Para Ante El Ministerio De Obras Públicas, Dentro De Los 10 Días Siguientes A Su Notificación
Decreto 2751 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 109 de 1946, en cuanto concede un auxilio para atender a la reconstrucción de Chaparral, del Departamento del Tolima
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.