Fecha de vencimiento de la leche en polvo . La leche en polvo en envases unitarios para consumo humano directo, tendrá las siguientes techas de vencimiento: 1. Leche en polvo empacada en
Material laminado a base de aluminio: 4 meses;
Material plástico: 3 meses;
Material laminado a base de aluminio, al vacío, o adicionado de gas inerte: 6 meses. 2 Leche en polvo empacada en material flexible y al vacío: 6 meses. 3 Leche en polvo entera y semidescremada, a granel, empacada en bolsa multipliego de papel Kraft: 12 meses. 4 Leche en polvo descremada, a granel, empacada en bolsa multipliego de papel Kraft: 15 meses. 5 Leche en polvo entera, semidescremada o descremada, empacada herméticamente en latas de aluminio o de hojalata: 18 meses.
En los empaques de material plástico, a base de aluminio, se deberá indicar la fecha de fabricación y la de vencimiento, expresados en día mes y año, entendiéndose por día el número y no el nombre del día, por mes las tres (3) primeras letras de cada mes y por año los dos últimos dignos del año.
En los empaques de la leche en polvo a que se refieren los numerales 3, 4 Y 5 del presente articulo, deberá indicarse la fecha de fabricación y la de vencimiento, expresadas en mes y año, por mes las tres (3) primeras letras de cada mes y por año los dos últimos dignos del año.