Micelio

Artículo 10

Los Comandantes De Resguardo Y Capitanes De Puerto Instruirán A Los Extranjeros Acerca De Las Obligaciones Que Les Impone El Decreto Número 300 De 1932

Decreto 840 de 1932 · Por el cual se adiciona el marcado con el número 300 de 1932, y se derogan los artículos 2o y 14 del 799 de 1928

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Comandantes de Resguardo y Capitanes de Puerto instruirán a los extranjeros acerca de las obligaciones que les impone el Decreto número 300 de 1932.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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