º. Para efecto del ejercicio de las funciones conferidas a la Corporación autónoma Regional de los Valles del Magdalena y del Sinú (C.V.M.) por los ordinales c) y d) del artículo 1º. del Decreto extraordinario 3304 de 1963, se entenderá que esa entidad es la competente para dar cumplimiento a las normas legales vigentes en materia de pesca y caza en el territorio de su jurisdicción, y especialmente, a las de los Decretos 1157 de 1940, 1795 de 1950, 1785 de 1954 y 376 de 1957, en todos aquellos casos en que tales disposiciones se refieren al Ministerio de Agricultura
Decreto 218 de 1965 →Vigente
Artículo 1
Para Efecto Del Ejercicio De Las Funciones Conferidas A La Corporación Autónoma Regional De Los Valles Del Magdalena Y Del Sinú (C
Decreto 218 de 1965 · por el cual se reglamentan parcialmente los ordinales c) y d) del artículo 1° del Decreto extraordinario número 3304 de 1963.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.