° La Comisión creada por el artículo 1° de este Decreto procederá a organizar y a dotar, en primer término, un Almacén de Materiales de Construcción con destino a las obras que se han de realizar, produciéndolos o adquiriéndolos de la clase y calidad que se usen en la región, tanto en los mercados nacionales como en los extrajeros. La importación de materias primas y de materiales ya elaborados, con destino al Almacén de que se viene tratando, estará exenta del pago de impuesto de aduana y gozará de fletes férreos mínimos y especiales, los cuales serán fijados por el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales y por la Dirección General de Transportes y Tarifas. Las materias primas y los materiales ya elaborados, de producción nacional, gozarán igualmente de fletes férreos minimos y especiales, que se fijarán en la forma establecida en en este artículo.
Artículo 6
La Comisión Creada Por El Artículo 1° De Este Decreto Procederá A Organizar Y A Dotar, En Primer Término, Un Almacén De Materiales De Construcción Con Destino A Las Obras Que Se Han De Realizar, Produciéndolos O Adquiriéndolos De La Clase Y Calidad Que Se Usen En La Región, Tanto En Los Mercados Nacionales Como En Los Extrajeros
Decreto 699 de 1948 · Por el cual se reglamenta la Ley 6ª de 1947, por la cual se auxilian y fomentan las obras necesarias para mitigar los efectos del terremoto ocurrido el 14 de julio de 1947, en la ciudad de Pasto
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.