Micelio

Artículo 63

La Organización De Sanidad De Cada Obra Esta Compuesta, Según El Caso, De Hospital, Farmacia, Consulta Externa, Visitas Medicas Al Lugar De Los Trabajos, Y Dispondrá Del Personal Médico, Farmacéutico, De Enfermería Y De Inspección Y Vigilancia Sanitarias Que Sea Necesario Para Su Correcto Funcionamiento, Con Las Obligaciones Que Se Expresan En Este Reglamento

Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La organización de sanidad de cada obra esta compuesta, según el caso, de hospital, farmacia, consulta externa, visitas medicas al lugar de los trabajos, y dispondrá del personal médico, farmacéutico, de enfermería y de inspección y vigilancia sanitarias que sea necesario para su correcto funcionamiento, con las obligaciones que se expresan en este reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 190 de 1939