Micelio

Artículo 43

Ley 14 de 1983 · LEY 14 DE 1983, 06/07/1983, Por la cual se fortalecen los fiscos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones

2 sentencias lo revisaron1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sobre la base gravable definida en el artículo anterior, las Corporaciones de Ahorro y Vivienda pagarán en 1983 y años siguientes el tres por mil (3%) anual y las demás entidades reguladas por la presente Ley, el cuatro por mil (4%) en 1983 y el cinco por mil (5%) por los años siguientes sobre los ingresos operacionales anuales liquidados el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al del pago.

Parágrafo

La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero y la Financiera Eléctrica Nacional no serán sujetos pasivos del Impuesto de Industria y Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1996
    C-177/96Constitucionalidad · «Parágrafo»INEXEQUIBLE
  2. 2008
    C-1087/08ConstitucionalidadINHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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