Micelio

Artículo 2.5.3.3.3.1

Programas De Fomento De La Educación Superior

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Programas de fomento de la educación superior. El Ministerio de Educación Nacional promoverá, especialmente a través de los programas de fomento, que las instituciones de educación superior, en el marco de su autonomía:

1.

Generen estrategias que contribuyan a sensibilizar y capacitar a la comunidad edu­cativa, especialmente docentes y estudiantes, en la prevención de las violencias contra las mujeres.

2.

Incluyan en los procesos de selección, admisión y matrícula mecanismos que per­mitan a las mujeres víctimas de violencias acceder a la oferta académica y a los incentivos para su permanencia.

3.

Adelanten a través de sus centros de investigación, líneas de investigación sobre género y violencias contra las mujeres.

4.

Fomenten la incorporación de los lineamientos de política de educación superior inclusiva y motiven la fijación progresiva de su presupuesto para adelantar inves­tigación e implementar estrategias de admisión, evaluación y desarrollo de currí­culos accesibles, la vinculación y formación de talento humano, el fortalecimiento de los recursos didácticos, pedagógicos y tecnológicos apropiados, garantizando la accesibilidad y permanencia en los programas de educación superior para las personas con discapacidad.

5.

Prioricen en los procesos de selección, admisión, matrícula y permanencia a la población con discapacidad.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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