Micelio

Artículo 10

Las Partidas Destinadas Para La Reconstrucción De Guacamayas, Se Entregarán Al Tesorero Del Municipio, Que Deberá Otorgar Fianza A Satisfacción De La Contraloría General De La República Y Rendirle Cuentas A Esta Entidad Del Manejo E Inversión De Los Fondos Del Auxilio Nacional, De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia O De Las Que Para Este Caso Dicte Especialmente

Decreto 2795 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 27 de 1944, en cuanto concede un auxilio para la reconstrucción de Guacamayas, del Departamento de Boyacá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partidas destinadas para la reconstrucción de Guacamayas, se entregarán al Tesorero del Municipio, que deberá otorgar fianza a satisfacción de la Contraloría General de la República y rendirle cuentas a esta entidad del manejo e inversión de los fondos del auxilio nacional, de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia o de las que para este caso dicte especialmente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2795 de 1947