Cumplidos satisfactoriamente todos los requisitos establecidos en los tres artículos anteriores, la entrega por acta deberá disponer dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la respectiva solicitud.
Decreto 849 de 1979 →Vigente
Artículo 20
Cumplidos Satisfactoriamente Todos Los Requisitos Establecidos En Los Tres Artículos Anteriores, La Entrega Por Acta Deberá Disponer Dentro De Los Dos (2) Días Hábiles Siguientes A La Fecha De Presentación De La Respectiva Solicitud
Decreto 849 de 1979 · Por el cual se modifica el régimen de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.