º. Queda prohibido el fraccionamiento de los contratos o pedidos, con el objeto de eludir el cumplimiento de las formalidades exigidas en el artículo anterior y para el efecto de fijación definitiva de su cuantía se considerarán como uno solo los contratos o pedidos celebrados para el mismo objeto y con las mismas personas, dentro de un término de treinta (30) días.
Decreto 27 de 1957 →Vigente
Artículo 6
Queda Prohibido El Fraccionamiento De Los Contratos O Pedidos, Con El Objeto De Eludir El Cumplimiento De Las Formalidades Exigidas En El Artículo Anterior Y Para El Efecto De Fijación Definitiva De Su Cuantía Se Considerarán Como Uno Solo Los Contratos O Pedidos Celebrados Para El Mismo Objeto Y Con Las Mismas Personas, Dentro De Un Término De Treinta (30) Días
Decreto 27 de 1957 · Por el cual se señala la organización y funciones del Fondo Rotatorio del Instituto Geográfico Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.