Micelio

Artículo 23

Los Órganos Públicos Sólo Podrán Celebrar Contratos De Consultoría O De Prestación De Servicios Con Personas Naturales O Jurídicas, Cuando No Exista Personal De Planta Especializado Para La Labor Requerida

Decreto 26 de 1998 · por el cual se dictan normas de austeridad en el gasto público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los órganos públicos sólo podrán celebrar contratos de consultoría o de prestación de servicios con personas naturales o jurídicas, cuando no exista personal de planta especializado para la labor requerida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 26 de 1998