º El servicio de correos a cargo exclusivo del Estado comprende además de lo previsto en los convenios universales, lo siguiente
Las cartas;
Las tarjetas postales;
Los impresos hasta 1.000 gramos;
Los envíos publicitarios;
Los envíos o recibos de todo tipo con la dirección del destinatario;
Los envíos agrupados de cartas;
Las encomiendas postales hasta 2000 gramos de peso;
El servicio de Correo Electrónico.
La Administración Postal Nacional tendrá la facultad para utilizar o recurrir a todos los medios y modalidades de comunicación, para reducir al máximo posible el tiempo de tramitación de los envíos postales entre el remitente y el destinatario, buscando siempre la plena satisfacción de los usuarios.