Micelio

Artículo 6

El Personal Subalterno Del Tribunal Superior De Aduanas Tendrá Las Asignaciones Que Fije El Gobierno Nacional De Conformidad Con El Decreto Número 349 De Diciembre 10 De 1957, Y Dichas Asignaciones Serán De Cargo Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público

Decreto 73 de 1958 · Por el cual se reforma el Tribunal Supremo de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal subalterno del Tribunal Superior de Aduanas tendrá las asignaciones que fije el Gobierno Nacional de conformidad con el Decreto número 349 de diciembre 10 de 1957, y dichas asignaciones serán de cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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