Modifícase El Parágrafo 2° Del Artículo 412-1 Del Decreto 2685 De 1999, Adicionado Por El Artículo 3° Del Decreto 1541 De 2007, El Cual Quedará Así: “ Parágrafo 2°
Decreto 4879 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Modifícase el
Parágrafo 2
del artículo 412-1 del Decreto 2685 de 1999, adicionado por el artículo 3° del Decreto 1541 de 2007, el cual quedará así: “
Parágrafo 2
Se entiende por cantidades no comerciales, aquellas mercancías que el raizal o residente introduzca de manera ocasional y consistan exclusivamente en bienes reservados a su uso personal o familiar, sin que por su naturaleza o su cantidad reflejen intención alguna de carácter comercial”.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.