Micelio

Artículo 2.2.4.13.3

Acciones De Prevención Del Consumo Y Abuso De Sustancias Psicoactivas Por Parte De Los Empleadores Y Contratantes

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acciones de Prevención del consumo y abuso de sustancias psicoactivas por parte de los empleadores y contratantes. Los empleadores y contratantes con la asesoría y asistencia técnica de las Administradoras de Riesgos Laborales, deben desarrollar acciones de prevención del consumo y abuso de sustancias psicoactivas mediante la implementación de los lineamientos contenidos en la guía técnica general y los protocolos específicos de promoción, prevención e intervención de los factores psicosociales adoptados por el Ministerio del Trabajo, y aquellos que le modifiquen, adicionen o complementen. Acciones de prevención del consumo de sustancias psicoactivas

1.

Establecer un programa de sensibilización.

2.

Definir el programa de intervención.

3.

Ejecutar el programa de sensibilización.

4.

Implementar actividades para identificación activa de casos.

5.

Asegurar asistencia profesional.

6.

Hacer seguimiento y evaluar los resultados de la acción de intervención.

7.

Implementar acciones de mejora en la acción de intervención. Estas acciones deben desarrollarse conforme con los lineamientos establecidos para la promoción, prevención e intervención de los factores de riesgo psicosocial y sus efectos en la población trabajadora, según lo dispuesto por el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud y Protección Social. Las Administradoras de Riesgos Laborales, implementarán proyectos preventivos del consumo, abuso y adicción a las sustancias psicoactivas por actividades económicas, que incluyan información, formación y capacitación dirigida a los trabajadores de todos los niveles de sus empresas afiliadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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