Micelio

Artículo 1

Estarán Amparados Por El Régimen Del Seguro De Accidentes De Trabajo Y Enfermedades Profesionales: 1° Toda Persona, Nacional O Extranjera, Que Preste Sus Servicios En Virtud De Un Contrato» De Trabajo, Real O Presunto, O, De Aprendizaje; 2° Los Trabajadores De La Nación, Departamentos Y Municipios, Que Presten Sus Servicios En La Construcción Y Conservación De Las Obras Públicas Y En Las Empresas O Instituciones Comerciales, Industriales, Agrícolas, Ganaderas O

Decreto 1698 de 1960 · Por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Estarán amparados por el régimen del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: 1° Toda persona, nacional o extranjera, que preste sus servicios en virtud de un contrato» de trabajo, real o presunto, o, de aprendizaje; 2° Los trabajadores de la Nación, Departamentos y Municipios, que presten sus servicios en la construcción y conservación de las obras públicas y en las empresas o instituciones comerciales, Industriales, agrícolas, ganaderas o .forestales, que aquellas entidades exploten directa o indirectamente, o de las cuales sean accionistas o copartícipes; 3° Los trabajadores independientes (pequeños industriales, agricultores y comerciantes, maestros de taller, artesanos, voceadores ambulantes, etc.), cuyos ingresos normales no excedan de mil ochocientos pesos ($ 1.800.00) por año; 4° Los trabajadores del Instituto, siempre que no estuvieren afiliados a la Caja Nacional de Previsión Social, o a otras instituciones similares de previsión social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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