Micelio

Artículo 13

Promoción En El Exterior De Negocios De Las Sociedades Comisionistas De Bolsa De Valores Establecidas En Colombia

Decreto 2558 de 2007 · por el cual se expide el régimen de las oficinas de representación de instituciones financieras, reaseguradoras y del mercado de valores del exterior y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Promoción en el exterior de negocios de las sociedades comisionistas de bolsa de valores establecidas en Colombia. Las sociedades comisionistas de bolsa de valores establecidas en Colombia podrán promover, en el exterior, los productos y servicios que les están autorizados en Colombia, cumpliendo con los requisitos previstos para ello en la normatividad del respectivo país. En todo caso se dará cumplimiento a las disposiciones que establezca la Superintendencia Financiera de Colombia con relación al deber de informar a dicha entidad sobre el inicio del ofrecimiento de dichos productos o servicios en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2558 de 2007