Micelio

Artículo 3

° Las Compañías De Financiamiento Comercial Que Se Organicen Como Resultado De La Conversión A Que Hace Referencia El Artículo 12 De La Ley 35 De 1993 Deberán Ajustar Sus Obligaciones Contraídas Para Con Terceros Con Sujeción A Los Límites Señalados En El Decreto 1981 De 1988 A La Previsión Contemplada En El Literal A) Del Artículo 24 Del Estatuto Orgánico Del Sistema Financiero Y Demás Normas Que Lo Sustituyan, Adicionen O Reformen

Decreto 914 de 1993 · por el cual se dictan normas en materia del ejercicio de la actividad del arrendamiento financiero o leasing por parte de las compañías de financiamiento comercial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las compañías de financiamiento comercial que se organicen como resultado de la conversión a que hace referencia el artículo 12 de la Ley 35 de 1993 deberán ajustar sus obligaciones contraídas para con terceros con sujeción a los límites señalados en el Decreto 1981 de 1988 a la previsión contemplada en el literal a) del artículo 24 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que lo sustituyan, adicionen o reformen. Las obligaciones contraídas como fuente de financiación antes de su conversión deberán terminarse en siguiente forma

a)

Las contraídas a la vista deberán, dentro del mes siguiente a la formalización de la conversión, cancelarse o sustituirse mediante la expedición del correspondiente Certificado de Depósito a Término.

b)

Las contraídas a plazo deberán cancelarse en la fecha de su vencimiento o sustituirse mediante la expedición del correspondiente Certificado de Depósito a Término.

Parágrafo

En el evento en que el beneficiario de la obligación no se presente a recibir el pago, las compañías deberán cancelar los pagarés y poner a disposición del acreedor el capital y los intereses generados hasta esa fecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 914 de 1993