Micelio

Artículo 77

Sanciones A Personas Que Presten El Servicio Público De Transporte Sin Autorización

Decreto 1558 de 1998 · por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre colectivo metropolitano, distrital y/o municipal de pasajeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sanciones a personas que presten el servicio público de transporte sin autorización . Será sancionada con multa de (700) salarios mínimos mensuales legales vigentes la persona que sin autorización destine un vehículo de servicio particular al servicio público de transporte municipal de pasajeros.

Parágrafo

Si vencido el término de ejecutoria, el infractor no ha cancelado el valor de la multa, la autoridad competente enviará al organismo de tránsito donde se encuentra matriculado el vehículo copia de la providencia para que se inscriba en el registro y se cargue a expensas del infractor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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