º Hasta el 1º de enero de 1954 se eximen de los derechos de registro las escrituras de traspaso que hagan las sociedades de cualquier naturaleza a favor de otras sociedades, siempre que éstas últimas tengan siquiera el cincuenta por ciento (50%) del interés social de las primeras, según certificado que expida la Superintendencia de Sociedades Anónimas.
Decreto 2615 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Hasta El 1º De Enero De 1954 Se Eximen De Los Derechos De Registro Las Escrituras De Traspaso Que Hagan Las Sociedades De Cualquier Naturaleza A Favor De Otras Sociedades, Siempre Que Éstas Últimas Tengan Siquiera El Cincuenta Por Ciento (50%) Del Interés Social De Las Primeras, Según Certificado Que Expida La Superintendencia De Sociedades Anónimas
Decreto 2615 de 1953 · Por el cual se adiciona el Decreto extraordinario número 2317 de fecha 8 de septiembre de 1953
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.