Funciones del pleno de los/as Comisionados/as. El Pleno de Comisionados/ as tendrá las siguientes funciones, las cuales serán ejercidas por consenso
Designar al/la Secretario/a General, de manera prioritaria.
Aprobar y modificar el reglamento de la CEV.
Aprobar el informe final señalado en el numeral 4 del artículo 13.
Adoptar la metodología, los criterios de priorización y los planes territoriales.
Establecer los protocolos, lineamientos y demás aspectos necesarios, para la entrega de archivos en custodia a la entidad que decida, para asegurar su preservación.
Autorizar al/la Secretario/a General para adoptar políticas, planes, programas y proyectos para el funcionamiento de la CEV.
Autorizar al/la Secretario/a General para crear y organizar grupos internos de trabajo y órganos de asesoría y coordinación, para atender el cumplimiento de los objetivos, mandatos y funciones de la CEV.
Aprobar el presupuesto de la CEV, presentado por el/la Secretario/a General.
Designar los miembros del grupo de trabajo de género establecido en el artículo 13 y en el reglamento interno, de conformidad con los siguientes criterios
Experiencia y conocimiento sobre violencias basadas en género;
Experiencia y conocimiento del conflicto armado y sus efectos diferenciados y desproporcionados en las mujeres y personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas;
Criterios colectivos como la diversidad étnica, la interdisciplinariedad, representación regional, entre otras.
En caso de falta absoluta, seleccionar al/la nuevo/a comisionado/a o presidente/a.
Reglamentar el procedimiento para la composición, designación, funcionamiento y duración del Comité de Seguimiento del que habla el artículo 33.
La demás que se le asignen en el reglamento de la CEV.