°. Los Visitadores e Inspectores y los Guardalíneas de Telégrafos y Teléfonos, aunque figuren en las nóminas de las Oficinas Telegráficas, Telefónicas o Inalámbricas, no forman parte activa de ellas, y, por tanto, no tienen derecho a doble asignación en el mes de diciembre.
Decreto 1226 de 1941 →Vigente
Artículo 2
Los Visitadores E Inspectores Y Los Guardalíneas De Telégrafos Y Teléfonos, Aunque Figuren En Las Nóminas De Las Oficinas Telegráficas, Telefónicas O Inalámbricas, No Forman Parte Activa De Ellas, Y, Por Tanto, No Tienen Derecho A Doble Asignación En El Mes De Diciembre
Decreto 1226 de 1941 · Por el cual se reglamenta el artículo 9° de la Ley 263 de1938, sobre pago del doble sueldo de diciembre, y se modifica el Decreto número 148 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.