Micelio

Artículo 85

Las Sanciones Serán Las Siguientes: A) Multa; B) Revocatoria De La Autorización Para Servir Rutas, Horarios O Áreas De Operación; C) Cancelación De La Licencia De Funcionamiento

Decreto 1927 de 1991 · por el cual se dicta el estatuto de transporte público terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sanciones serán las siguientes

a)

Multa;

b)

Revocatoria de la autorización para servir rutas, horarios o áreas de operación;

c)

Cancelación de la licencia de funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1927 de 1991