Micelio

Artículo 1

Habilítanse Para El Servicio De Giros Postales Y Telegráficos Las Oficinas Postales Que Se Enumeran En Seguida, Las Cuales Tendrán Como Base De Operaciones La Suma De Cien Pesos ($ 100) Cada Una: Administración De Correos De Leticia (Intendencia Del Amazonas)

Decreto 1102 de 1936 · por el cual se habilitan para el servicio de giros dos Oficinas Postales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Habilítanse para el servicio de giros postales y telegráficos las Oficinas Postales que se enumeran en seguida, las cuales tendrán como base de operaciones la suma de cien pesos ($ 100) cada una: Administración de Correos de Leticia (Intendencia del Amazonas). Oficina de Correos y Telégrafos de Bogotá (Estación de la Sabana).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1102 de 1936