Micelio

Artículo 74

Las Personas Naturales Y Jurídicas, Para Que Tener Y Transportar Por Cualquier Medio, Según El Caso Armas Para Defensa Personal, Caza Y Tiro Deportivo, Deberán Obtener El Permiso Legal Correspondiente, Denominado Genéricamente Salvoconducto, Expedido Por Las Autoridades Militares Que Más Adelante Se Indican Parágrafo

Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas naturales y jurídicas, para que tener y transportar por cualquier medio, según el caso armas para defensa personal, caza y tiro deportivo, deberán obtener el permiso legal correspondiente, denominado genéricamente salvoconducto, expedido por las autoridades militares que más adelante se indican

Parágrafo

En ningún caso se autorizará salvoconducto a las incapacidades, conforme a la Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1663 de 1979