º. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición Comuníquese y cúmplase
Decreto 2449 de 1948 →Vigente
Artículo 6
Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Cúmplase Dado En Bogotá A Diez Y Siete De Julio De Mil Novecientos Cuarenta Y Ocho
Decreto 2449 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 2117 de 1948, sobre liquidación parcial de cesantías y reconocimiento en dinero de vacaciones a trabajadores llamados a prestar servicio en las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.