Micelio

Artículo 2

° Estudiado El Expediente Respectivo Por El Consejo De Ministros Y Acordado El Giro Del Gasto Correspondiente, La Secretaría General De La Presidencia De La República Lo Pondrá En Conocimiento Del Ministerio De Hacienda Y Tesoro, Á Fin De Que Éste Expida El Decreto Que Traslade La Cantidad Necesaria De La Partida Destinada Á Cubrir Las Deficiencias Del Presupuesto, Á La Cuenta De Ordenación Del Ministerio Que Deba Girar El Gasto En Referencia

Decreto 396 de 1906 · En desarrollo del artículo 4º del Decreto legislativo número 5, sobre Presupuestos nacionales para 1906

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Estudiado el expediente respectivo por el Consejo de Ministros y acordado el giro del gasto correspondiente, la Secretaría general de la Presidencia de la República lo pondrá en conocimiento del Ministerio de Hacienda y Tesoro, á fin de que éste expida el Decreto que traslade la cantidad necesaria de la partida destinada á cubrir las deficiencias del Presupuesto, á la cuenta de ordenación del Ministerio que deba girar el gasto en referencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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