º El Consejo Asesor de Publicidad podrá deliberar con la asistencia de cuatro de sus miembros. Sus decisiones se adoptarán por mayoría de los asistentes. Actuará como Secretario el Jefe de la Sección de Publicidad, Información y Prensa del Ministerio de Comunicaciones.
Decreto 38 de 1988 →Vigente
Artículo 8
º El Consejo Asesor De Publicidad Podrá Deliberar Con La Asistencia De Cuatro De Sus Miembros
Decreto 38 de 1988 · Por el cual se reglamenta el literal j) del artículo 2° del Decreto-ley 129 de 1976
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.