El artículo 151 de la Constitución Nacional se adiciona con esta nueva atribución: Decidir sobre la conformidad con la Constitución de los tratados o convenios internacionales que el Gobierno haya de someter a la consideración del Congreso Nacional.
Decreto 123 de 1979 →Vigente
Artículo 41
El Artículo 151 De La Constitución Nacional Se Adiciona Con Esta Nueva Atribución: Decidir Sobre La Conformidad Con La Constitución De Los Tratados O Convenios Internacionales Que El Gobierno Haya De Someter A La Consideración Del Congreso Nacional
Decreto 123 de 1979 · Por el cual se ordena la publicación del proyecto de Acto Legislativo número 1 de 1978 (Cámara 110 de 1976) por el cual se reforma la Constitución Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.