Micelio

Artículo 9

Decreto 2240 de 1962 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno. A más de la vigilancia de las autoridades de la Zona, una vez que las mercancías se hallen dentro de la jurisdicción de ésta, sólo, estarán sujetas a la intervención aduanera, seguir las disposiciones generales y las especiales que figuran en este Reglamento. Toda persona que haga uso de los almacenes de la Zona para el depósito de mercancías en común o de almacenes y terrenos arrendados para uso particular así como las que utilicen los cobertizos, muelles y de más dependencias, se sujetarán a las tarifas y disposiciones en vigor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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