º. Los Consejos de Seguridad y los Comités de Orden Público deberán, para prevenir los efectos del llamado a un cese de actividades, tomar las siguientes acciones
Recomendar la elaboración de planes específicos de seguridad para prevenir el cese de actividades;
Asesorar a la primera autoridad para la adopción de medidas tendientes a conjurar el cese de actividades;
Recomendar campañas de información a la ciudadanía, como mecanismo que permita que ésta se abstenga de participar en el cese de actividades, y como mecanismo que permita la utilización racional de los medios de transporte;
Coordinar los recursos disponibles y las acciones que prevengan situaciones perturbadoras del orden público;
Suministrar a las autoridades la información necesaria sobre el orden público de su jurisdicción;
Recomendar a la primera autoridad medidas tendientes a prevenir el desabastecimiento de artículos de primera necesidad o su acaparamiento o especulación con los mismos;
Recomendar a la primera autoridad medidas tendientes a asegurar la prestación de los servicios públicos esenciales de transporte municipal e intermunicipal de pasajeros y carga;
Diseñar y proponer estrategias que aseguren la toma de medidas para garantizar que las vías públicas y los terminales de transporte municipal e intermunicipal de su jurisdicción no sean obstruidos; y) Diseñar medidas de contingencia para proteger a la ciudadanía y en especial a la población escolar.