Micelio

Artículo 2

Los Consejos De Seguridad Y Los Comités De Orden Público Deberán, Para Prevenir Los Efectos Del Llamado A Un Cese De Actividades, Tomar Las Siguientes Acciones: A) Recomendar La Elaboración De Planes Específicos De Seguridad Para Prevenir El Cese De Actividades; B) Asesorar A La Primera Autoridad Para La Adopción De Medidas Tendientes A Conjurar El Cese De Actividades; C) Recomendar Campañas De Información A La Ciudadanía, Como Mecanismo Que Permita Que Ésta Se Abstenga De Participar En El Cese De Actividades, Y Como Mecanismo Que Permita La Utilización Racional De Los Medios De Transporte; D) Coordinar Los Recursos Disponibles Y Las Acciones Que Prevengan Situaciones Perturbadoras Del Orden Público; E) Suministrar A Las Autoridades La Información Necesaria Sobre El Orden Público De Su Jurisdicción; F) Recomendar A La Primera Autoridad Medidas Tendientes A Prevenir El Desabastecimiento De Artículos De Primera Necesidad O Su Acaparamiento O Especulación Con Los Mismos; G) Recomendar A La Primera Autoridad Medidas Tendientes A Asegurar La Prestación De Los Servicios Públicos Esenciales De Transporte Municipal E Intermunicipal De Pasajeros Y Carga; H) Diseñar Y Proponer Estrategias Que Aseguren La Toma De Medidas Para Garantizar Que Las Vías Públicas Y Los Terminales De Transporte Municipal E Intermunicipal De Su Jurisdicción No Sean Obstruidos; Y) Diseñar Medidas De Contingencia Para Proteger A La Ciudadanía Y En Especial A La Población Escolar

Decreto 294 de 1997 · Por el cual se ordena convocar los Consejos de Seguridad y los Comités de Orden Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Consejos de Seguridad y los Comités de Orden Público deberán, para prevenir los efectos del llamado a un cese de actividades, tomar las siguientes acciones

a)

Recomendar la elaboración de planes específicos de seguridad para prevenir el cese de actividades;

b)

Asesorar a la primera autoridad para la adopción de medidas tendientes a conjurar el cese de actividades;

c)

Recomendar campañas de información a la ciudadanía, como mecanismo que permita que ésta se abstenga de participar en el cese de actividades, y como mecanismo que permita la utilización racional de los medios de transporte;

d)

Coordinar los recursos disponibles y las acciones que prevengan situaciones perturbadoras del orden público;

e)

Suministrar a las autoridades la información necesaria sobre el orden público de su jurisdicción;

f)

Recomendar a la primera autoridad medidas tendientes a prevenir el desabastecimiento de artículos de primera necesidad o su acaparamiento o especulación con los mismos;

g)

Recomendar a la primera autoridad medidas tendientes a asegurar la prestación de los servicios públicos esenciales de transporte municipal e intermunicipal de pasajeros y carga;

h)

Diseñar y proponer estrategias que aseguren la toma de medidas para garantizar que las vías públicas y los terminales de transporte municipal e intermunicipal de su jurisdicción no sean obstruidos; y) Diseñar medidas de contingencia para proteger a la ciudadanía y en especial a la población escolar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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