Micelio

Artículo 2.2.6.1.2.7

De La Administración Del Servicio Público De Empleo

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la administración del Servicio Público de Empleo. En cum­plimiento de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 1636 de 2013, la Unidad Adminis­trativa Especial del Servicio Público de Empleo ejercerá la administración del Servicio Público de Empleo y de la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, la promo­ción de la prestación del servicio público de empleo, el diseño y operación del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo, el desarrollo de instrumentos para la promo­ción de la gestión y colocación de empleo y la administración de los recursos públicos para la gestión y colocación de empleo, así como las demás funciones que se le asignen en la reglamentación correspondiente.

Parágrafo

En el ejercicio de sus funciones como administradora del Servicio Público de Empleo, la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo deberá atender las directrices, instrucciones y demás políticas administrativas generadas por el Ministerio del Trabajo en cumplimiento de sus funciones de dirección, coordinación y regulación del Servicio Público de Empleo.

(Decreto número 2852 de 2013, artículo 8°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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