Micelio

Artículo 2.2.7.4.4.13

Los Servicios De Recreación Social

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los servicios de recreación social. Los servicios de recreación social que adelanten las cajas de compensación familiar, estarán orientados por las si­guientes finalidades principales:

1.

Prestar servicios de recreación y turismo social.

2.

Facilitar el descanso o el esparcimiento de los trabajadores afiliados, de manera que se repongan de la fatiga o el cansancio resultante de la actividad laboral.

3.

Inducir a los trabajadores y sus familias a la práctica del deporte y la sana utilización del tiempo libre.

4.

Facilitar la participación en eventos deportivos, programas de recreación, excursio­nes y actividades similares para el desarrollo físico y mental de los afiliados y sus familias.

Parágrafo

Las cajas de compensación familiar auspiciarán la utilización de la in­fraestructura existente por parte de los pensionados, los estudiantes, los trabajadores en vacaciones y demás sectores de la población para que entre semana puedan disfrutar de la recreación y el turismo social, sin perjuicio de sus actividades normales.

(Decreto número 784 de 1989, artículo 29)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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