Micelio

Artículo 8

La Concesión De Personería Jurídica, El Reconocimiento De Un Programa Académico Y La Aprobación Como Universidad De Que Tratan Los Artículos 2° Y 4°, Ordinal C) Y 5° Del Presente Decreto, Requieren Concepto Previo Y Favorable Del Icfes

Decreto 125 de 1973 · Por el cual se reglamenta la apropiación de Instituciones de Educación Superior y de programas académicos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La concesión de personería jurídica, el reconocimiento de un programa académico y la aprobación como Universidad de que tratan los artículos 2° y 4°, ordinal c) y 5° del presente Decreto, requieren concepto previo y favorable del ICFES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 125 de 1973