Las Juntas o Consejos Directivos, y los Gerentes o Directores, no podrán designar para empleos en las respectivas entidades
A los cónyuges de los Directores o Gerentes.
A los cónyuges de los miembros de la Junta o Consejo Directivo.
A los parientes de los Gerentes o Directores o de sus cónyuges, dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
A los parientes de los miembros de la Junta o Consejo Directivo, o de sus cónyuges, dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.