°. A partir de la expedición del presente decreto, el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas cumplirá todas las funciones asignadas al Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia.
Artículo 1
A Partir De La Expedición Del Presente Decreto, El Sistema Nacional De Atención Y Reparación Integral A Las Víctimas Cumplirá Todas Las Funciones Asignadas Al Sistema Nacional De Atención Integral A La Población Desplazada Por La Violencia
Decreto 790 de 2012 · por el cual se trasladan las funciones del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia - SNAIPD, al Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y del Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada - CNAIPD, al Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.