Micelio

Artículo 11

En El Nivel Nacional El Desarrollo De La Ejecución Física De Los Diferentes Servicios Y Proyectos Del Plan, Es Responsabilidad Conjunta De Las Oficinas Y Direcciones Del Ministerio De Educación En Su Calidad De Órganos Directivos Encargados De Orientar Y Asesorar La Puesta En Marcha Del Plan, Y Del Fondo Del Ministerio De Educación En Su Calidad De Órgano Ejecutor De Los Recursos Financieros Del Mismo; En El Nivel Regional Las Entidades Responsables Son La Secretaría De Educación, El Fer Y Cep; En El Nivel Municipal La Ejecución De Las Obras Civiles Es Responsabilidad Del Municipio, Comunidades Y/O Agentes Financieros

Decreto 61 de 1992 · por el cual se institucionaliza el "Plan de Universalización de la Educación Básica Primaria".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el nivel nacional el desarrollo de la ejecución física de los diferentes servicios y proyectos del Plan, es responsabilidad conjunta de las Oficinas y Direcciones del Ministerio de Educación en su calidad de órganos directivos encargados de orientar y asesorar la puesta en marcha del Plan, y del Fondo del Ministerio de Educación en su calidad de órgano ejecutor de los recursos financieros del mismo; en el nivel regional las entidades responsables son la Secretaría de Educación, el FER y CEP; en el nivel municipal la ejecución de las obras civiles es responsabilidad del municipio, comunidades y/o agentes financieros. COMPETENCIAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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